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Diccionario demografico multilingüe (Español segunda edición 1985)

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Al término de una {{TextTerm|vida conyugal|1|510|OtherIndexEntry=conyugal. vida}} más o menos larga sucede el {{TextTerm|fin de la unión|2|510|OtherIndexEntry=unión. fin de la}}, que implica una {{TextTerm|disolución del matrimonio|3|510|OtherIndexEntry=matrimonio. disolución del}}, es decir la ruptura de todos los vínculos jurídicos resultantes de la calidad de {{NonRefTerm|esposos}} ({{RefNumber|50|1|5}}), incluyendo la eliminación de los obstáculos legales para contraer un nuevo matrimonio. La disolución puede deberse al fallecimiento de uno de {{NonRefTerm|loscónyuges}} ({{RefNumber|50|1|5}}) . El cónyuge sobreviviente se llama entonces {{TextTerm|viudo|4|510}} si es varón y {{TextTerm|viuda|5|510}} si es mujer. Los {{TextTerm|viudos|6|510|IndexEntry=viudo|OtherIndexEntry=viudo}} o {{TextTerm|personas viudas|6|510|2|IndexEntry=persona viuda|OtherIndexEntry=viuda. persona}}, viven en estado de {{TextTerm|viudez|7|510}}.
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Al término de una {{TextTerm|vida conyugal|1|510|IndexEntry=vida conyugal|OtherIndexEntry=conyugal. vida|OtherIndexEntryTwo=vidas conyugales}} más o menos larga sucede el {{TextTerm|fin de la unión|2|510|IndexEntry=fin de la unión|OtherIndexEntry=unión. fin de la|OtherIndexEntryTwo=fin de la uniones}}, que implica una {{TextTerm|disolución del matrimonio|3|510|IndexEntry=disolución del matrimonio|OtherIndexEntry=matrimonio. disolución del|OtherIndexEntryTwo=disolución de los matrimonios|OtherIndexEntryThree=matrimonios. disolución de los}}, es decir la ruptura de todos los vínculos jurídicos resultantes de la calidad de {{NonRefTerm|esposos}} ({{RefNumber|50|1|5}}), incluyendo la eliminación de los obstáculos legales para contraer un nuevo matrimonio. La disolución puede deberse al fallecimiento de uno de {{NonRefTerm|loscónyuges}} ({{RefNumber|50|1|5}}) . El cónyuge sobreviviente se llama entonces {{TextTerm|viudo|4|510|IndexEntry=viudo|OtherIndexEntry=viudos}} si es varón y {{TextTerm|viuda|5|510|IndexEntry=viuda|OtherIndexEntry=viudas}} si es mujer. Los {{TextTerm|viudos|6|510|IndexEntry=viudos|OtherIndexEntry=viudo}} o {{TextTerm|personas viudas|6|510|2|IndexEntry=personas viudas|OtherIndexEntry=viuda. persona|OtherIndexEntryTwo=persona viuda}}, viven en estado de {{TextTerm|viudez|7|510|IndexEntry=viudez|OtherIndexEntry=viudez}}.
{{Note|3| {{NoteTerm|Matrimonio}} {{NoteTerm|disuelto :}} {{NonRefTerm|unión legitima}} ({{RefNumber|50|1|2}}) disuelta por viudez o por {{NonRefTerm|divorcio}} ({{RefNumber|51|1|1}}) . }}
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{{Note|5| En algunas sociedades se prohibe a las viudas contraer nuevo matrimonio; en otras, la viuda no puede volver a casarse hasta que haya transcurrido un determinado tiempo después de la muerte del esposo, con el fin de evitar cualquier ambigüedad sobre la atribución de la {{NonRefTerm|paternidad}} ({{RefNumber|11|4|6}}) de los hijos postumos }}
 
{{Note|5| En algunas sociedades se prohibe a las viudas contraer nuevo matrimonio; en otras, la viuda no puede volver a casarse hasta que haya transcurrido un determinado tiempo después de la muerte del esposo, con el fin de evitar cualquier ambigüedad sobre la atribución de la {{NonRefTerm|paternidad}} ({{RefNumber|11|4|6}}) de los hijos postumos }}
  
 
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Cuando el {{TextTerm|divorcio|1|511}} es una institución reconocida constituye un medio legal de {{NonRefTerm|disolución del matrimonio}} ({{RefNumber|51|0|3}}) . El divorcio se obtiene con frecuencia mediante el correspondiente {{TextTerm|juicio de divorcio|2|511|OtherIndexEntry=divorcio. juicio de}}. Pero en algunos países o comunidades el divorcio puede resultar del {{TextTerm|repudio|3|511}} de uno de {{NonRefTerm|loscónyuges}} ({{RefNumber|50|1|5}}) por el otro. Los {{TextTerm|divorciados|4|511|IndexEntry=divorciado|OtherIndexEntry=divorciado}} o {{TextTerm|personas divorciadas|4|511|2|IndexEntry=persona divorciada|OtherIndexEntry=divorciada. persona}}, es decir, los antiguos esposos cuyo matrimonio ha sido disuelto por divorcio, se denominan {{TextTerm|divorciado|5|511}} si es varón y {{TextTerm|divorciada|6|511}} si es mujer.
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Cuando el {{TextTerm|divorcio|1|511|IndexEntry=divorcio|OtherIndexEntry=divorcios}} es una institución reconocida constituye un medio legal de {{NonRefTerm|disolución del matrimonio}} ({{RefNumber|51|0|3}}) . El divorcio se obtiene con frecuencia mediante el correspondiente {{TextTerm|juicio de divorcio|2|511|IndexEntry=juicio de divorcio|OtherIndexEntry=divorcio. juicio de|OtherIndexEntryTwo=juicios de divorcios}}. Pero en algunos países o comunidades el divorcio puede resultar del {{TextTerm|repudio|3|511|IndexEntry=repudio|OtherIndexEntry=repudios}} de uno de {{NonRefTerm|loscónyuges}} ({{RefNumber|50|1|5}}) por el otro. Los {{TextTerm|divorciados|4|511|IndexEntry=divorciados|OtherIndexEntry=divorciado}} o {{TextTerm|personas divorciadas|4|511|2|IndexEntry=personas divorciadas|OtherIndexEntry=divorciada. persona|OtherIndexEntryTwo=persona divorciada|OtherIndexEntryThree=divorciadas. personas}}, es decir, los antiguos esposos cuyo matrimonio ha sido disuelto por divorcio, se denominan {{TextTerm|divorciado|5|511|IndexEntry=divorciados|OtherIndexEntry=divorciado}} si es varón y {{TextTerm|divorciada|6|511|IndexEntry=divorciada|OtherIndexEntry=divorciadas}} si es mujer.
{{Note|1| {{NoteTerm|Divorcio}}, m. — {{NoteTerm|divorciar}}, v.i. }}
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{{Note|2| Ai declararse judicialmente un divorcio, se confecciona en general el {{NoteTerm|informe estadístico de divorcio}} a fin de establecer las estadísticas respectivas ({{RefNumber|21|1|4}}) . }}
 
{{Note|2| Ai declararse judicialmente un divorcio, se confecciona en general el {{NoteTerm|informe estadístico de divorcio}} a fin de establecer las estadísticas respectivas ({{RefNumber|21|1|4}}) . }}
{{Note|3| {{NoteTerm|Repudio}}, m. — {{NoteTerm|repudiar}}, tr. }}
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Las legislaciones que establecen el principio de {{TextTerm|indisolubilidad del matrimonio|1|512|OtherIndexEntry=matrimonio. indisolubilidad del}} no admiten el {{NonRefTerm|divorcio}} ({{RefNumber|51|1|1}}) : sólo la muerte de uno de los {{NonRefTerm|cónyuges}} ({{RefNumber|50|1|5}}) puede originar la {{NonRefTerm|disolución del matrimonio}} ({{RefNumber|51|0|3}}) . Independientemente de la legislación, la desavenencia o desacuerdo entre esposos provoca la {{TextTerm|separación|2|512}}; ésta puede ser {{TextTerm|separación de hecho|3|512|OtherIndexEntry=hecho. separación de}}, frecuente en ciertas sociedades, la que puede realizarse con el consentimiento de los esposos o resultar del {{TextTerm|abandono|4|512}} de uno de los cónyuges por el otro; o {{TextTerm|separación legal|5|512|OtherIndexEntry=legal. separación}}, {{TextTerm|separación judicial|5|512|2|OtherIndexEntry=judicial. separación}} o {{TextTerm|separación de cuerpos y de bienes|5|512|3|OtherIndexEntry=bienes. separación de cuerpos y de|OtherIndexEntryTwo=cuerpos. separación de... y de bienes}}, que permite la relajación de los vínculos jurídicos entre los {{NonRefTerm|esposos}} ({{RefNumber|50|1|5}}), dispensándolos principalmente de la obligación de cohabitar, es decir, de la obligación de convivir bajo el mismo techo. Hablando en términos jurídicos, se dice que están {{TextTerm|separados|6|512|IndexEntry=separado|OtherIndexEntry=separado}} los esposos cuyos vínculos han sido relajados en la forma que se acaba de indicar. En demografía es necesario una mayor precisión y decir que están {{TextTerm|legalmente separados|6|512|2|OtherIndexEntry=separados. legalmente}} para distinguir esta situación de aquella otra en que sólo existe entre los esposos una simple separación de hecho. Los esposos que viven separados, ya sea por sentencia judicial o por simple acuerdo o por circunstancias de fuerza mayor, guerra por ejemplo, constituyen lo que algunos llaman {{TextTerm|parejas disociadas|7|512|IndexEntry=pareja disociada|OtherIndexEntry=disociada. pareja}} ({{RefNumber|50|1|8}}) .
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Las legislaciones que establecen el principio de {{TextTerm|indisolubilidad del matrimonio|1|512|IndexEntry=indisolubilidad del matrimonio|OtherIndexEntry=matrimonio. indisolubilidad del|OtherIndexEntryTwo=indisolubilidad de los matrimonios}} no admiten el {{NonRefTerm|divorcio}} ({{RefNumber|51|1|1}}) : sólo la muerte de uno de los {{NonRefTerm|cónyuges}} ({{RefNumber|50|1|5}}) puede originar la {{NonRefTerm|disolución del matrimonio}} ({{RefNumber|51|0|3}}) . Independientemente de la legislación, la desavenencia o desacuerdo entre esposos provoca la {{TextTerm|separación|2|512|IndexEntry=separación|OtherIndexEntry=separaciones}}; ésta puede ser {{TextTerm|separación de hecho|3|512|IndexEntry=separación de hecho|OtherIndexEntry=hecho. separación de}}, frecuente en ciertas sociedades, la que puede realizarse con el consentimiento de los esposos o resultar del {{TextTerm|abandono|4|512|IndexEntry=abandono|OtherIndexEntry=abandonos}} de uno de los cónyuges por el otro; o {{TextTerm|separación legal|5|512|IndexEntry=separación legal|OtherIndexEntry=legal. separación}}, {{TextTerm|separación judicial|5|512|2|IndexEntry=separación judicial|OtherIndexEntry=judicial. separación}} o {{TextTerm|separación de cuerpos y de bienes|5|512|3|IndexEntry=separación de cuerpos y de bienes|OtherIndexEntry=bienes. separación de cuerpos y de|OtherIndexEntryTwo=cuerpos. separación de... y de bienes}}, que permite la relajación de los vínculos jurídicos entre los {{NonRefTerm|esposos}} ({{RefNumber|50|1|5}}), dispensándolos principalmente de la obligación de cohabitar, es decir, de la obligación de convivir bajo el mismo techo. Hablando en términos jurídicos, se dice que están {{TextTerm|separados|6|512|IndexEntry=separados|OtherIndexEntry=separado}} los esposos cuyos vínculos han sido relajados en la forma que se acaba de indicar. En demografía es necesario una mayor precisión y decir que están {{TextTerm|legalmente separados|6|512|2|IndexEntry=legalmente separados|OtherIndexEntry=separados. legalmente|OtherIndexEntryTwo=legalmente separado}} para distinguir esta situación de aquella otra en que sólo existe entre los esposos una simple separación de hecho. Los esposos que viven separados, ya sea por sentencia judicial o por simple acuerdo o por circunstancias de fuerza mayor, guerra por ejemplo, constituyen lo que algunos llaman {{TextTerm|parejas disociadas|7|512|IndexEntry=parejas disociadas|OtherIndexEntry=disociada. pareja|OtherIndexEntryTwo=pareja disociada|OtherIndexEntryThree=disociadas. parejas}} ({{RefNumber|50|1|8}}) .
 
{{Note|2| En numerosos países coexisten tanto el divorcio como la separación de cuerpos. En los dos casos el procedimiento incluye obligatoriamente una tentativa de conciliación o llamado a conciliación, cuyos resultados se recogen en un {{NoteTerm|acta de conciliación}}. Las estadísticas de estas actas permiten conocer el número de nuevos procesos o juicios de divorcio. Bajo ciertas condiciones, la separación de cuerpos puede convertirse en divorcio. A diferencia de los divorcios, la separación de cuerpos por lo general no se transcribe al registro de matrimonios. }}
 
{{Note|2| En numerosos países coexisten tanto el divorcio como la separación de cuerpos. En los dos casos el procedimiento incluye obligatoriamente una tentativa de conciliación o llamado a conciliación, cuyos resultados se recogen en un {{NoteTerm|acta de conciliación}}. Las estadísticas de estas actas permiten conocer el número de nuevos procesos o juicios de divorcio. Bajo ciertas condiciones, la separación de cuerpos puede convertirse en divorcio. A diferencia de los divorcios, la separación de cuerpos por lo general no se transcribe al registro de matrimonios. }}
 
{{Note|7| La aceptación de esta terminología permite distinguir la {{NoteTerm|disociación}} de un matrimonio, de su {{NonRefTerm|disolución}} ({{RefNumber|51|0|3}}) por muerte o por divorcio. }}
 
{{Note|7| La aceptación de esta terminología permite distinguir la {{NoteTerm|disociación}} de un matrimonio, de su {{NonRefTerm|disolución}} ({{RefNumber|51|0|3}}) por muerte o por divorcio. }}
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La {{TextTerm|anulación del matrimonio|1|513|OtherIndexEntry=matrimonio. anulación del}} resulta de un juicio legal en el que se comprueba la {{TextTerm|nulidad del matrimonio|1|513|2|OtherIndexEntry=matrimonio. nulidad del}} o sea, la falta de {{TextTerm|vínculo conyugal válido|2|513|OtherIndexEntry=válido. vínculo conyugal}} (ver {{RefNumber|50|1|2}}) ante la ley, a pesar de la celebración del {{NonRefTerm|matrimonio}} ({{RefNumber|50|1|4}}) . La expresión {{NonRefTerm|fin de la unión}} ({{RefNumber|51|0|2}}) permite incluir bajo una denominación común todos los casos en que un matrimonio termina, ya sea por {{NonRefTerm|defunción}} (401 -3), {{NonRefTerm|divorcio}} ({{RefNumber|51|1|1}}), {{NonRefTerm|separación legal}} ({{RefNumber|51|2|5}}), {{NonRefTerm|anulación o separación de hecho}} ({{RefNumber|51|2|3}}) si la fecha de ésta es conocida. Se habla también de {{TextTerm|ruptura de la unión|3|513|OtherIndexEntry=unión. ruptura de la}}, ya sea con el mismo sentido que fin de la unión o en el caso en que se produce la interrupción del matrimonio por divorcio o separación, como parece más aconsejable.
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La {{TextTerm|anulación del matrimonio|1|513|IndexEntry=anulación del matrimonio|OtherIndexEntry=matrimonio. anulación del|OtherIndexEntryTwo=anulación de los matrimonios}} resulta de un juicio legal en el que se comprueba la {{TextTerm|nulidad del matrimonio|1|513|2|IndexEntry=nulidad del matrimonio|OtherIndexEntry=matrimonio. nulidad del|OtherIndexEntryTwo=nulidad de los matrimonios}} o sea, la falta de {{TextTerm|vínculo conyugal válido|2|513|IndexEntry=vínculo conyugal válido|OtherIndexEntry=válido. vínculo conyugal|OtherIndexEntryTwo=vínculos conyugales válidos}} (ver {{RefNumber|50|1|2}}) ante la ley, a pesar de la celebración del {{NonRefTerm|matrimonio}} ({{RefNumber|50|1|4}}) . La expresión {{NonRefTerm|fin de la unión}} ({{RefNumber|51|0|2}}) permite incluir bajo una denominación común todos los casos en que un matrimonio termina, ya sea por {{NonRefTerm|defunción}} (401 -3), {{NonRefTerm|divorcio}} ({{RefNumber|51|1|1}}), {{NonRefTerm|separación legal}} ({{RefNumber|51|2|5}}), {{NonRefTerm|anulación o separación de hecho}} ({{RefNumber|51|2|3}}) si la fecha de ésta es conocida. Se habla también de {{TextTerm|ruptura de la unión|3|513|IndexEntry=ruptura de la unión|OtherIndexEntry=unión. ruptura de la|OtherIndexEntryTwo=rupturas de las uniones}}, ya sea con el mismo sentido que fin de la unión o en el caso en que se produce la interrupción del matrimonio por divorcio o separación, como parece más aconsejable.
  
 
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Desde un punto de vista legal, es {{TextTerm|casadera|1|514}} cualquier persona que reúne las condiciones que el derecho escrito o consuetudinario exige para contraer matrimonio. Estas personas constituyen la {{TextTerm|población casadera|2|514|OtherIndexEntry=casadera. población}}; las personas que no cumplen estas condiciones forman la {{TextTerm|población no casadera|3|514|OtherIndexEntry=casadera. población no|OtherIndexEntryTwo=no casadera. población}}. Sin embargo el {{TextTerm|mercado matrimonial|4|514|OtherIndexEntry=matrimonial. mercado}}, los {{TextTerm|círculos de relaciones|5|514|IndexEntry=círculo de relaciones|OtherIndexEntry=relaciones. círculo de}} donde se {{TextTerm|elije el cónyuge|6|514|OtherIndexEntry=cónyuge. elije el}} no incluyen a todos los casaderos, sólo a los {{TextTerm|candidatos a casarse|7|514|IndexEntry=candidato a casarse|OtherIndexEntry=casarse. candidato a}}, es decir aquellos individuos que por razones de salud u otras no están excluidos, al menos por un tiempo, del mercado matrimonial. En las sociedades {{NonRefTerm|monógamas}} ({{RefNumber|50|2|3}}) suele distinguirse entre el {{TextTerm|primer matrimonio|8|514|OtherIndexEntry=matrimonio. primer}} en el que ambos contrayentes son {{NonRefTerm|solteros}} ({{RefNumber|51|5|2}}) y los {{TextTerm|matrimonios sucesivos|9|514|IndexEntry=matrimonio sucesivo|OtherIndexEntry=sucesivo. matrimonio}} o {{TextTerm|segundas, terceras, ... nupcias|9|514|2|OtherIndexEntry=nupcias. segundas, terceras, ...|OtherIndexEntryTwo=terceras. segundas... nupcias}} de personas {{NonRefTerm|viudas}} ({{RefNumber|51|0|6}}) o {{NonRefTerm|divorciadas}} ({{RefNumber|51|1|4}}). Para clasificar los matrimonios por el número de orden debe indicarse expresamente para cada uno de los miembros del matrimonio, o para ambas partes, el {{TextTerm|orden de matrimonio|10|514|OtherIndexEntry=matrimonio. orden de}}. Contrariamente, resultan ambiguas las expresiones anteriores ({{RefNumber|51|4|8}} y {{RefNumber|51|4|9}}).
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Desde un punto de vista legal, es {{TextTerm|casadera|1|514|IndexEntry=casadera|OtherIndexEntry=casaderas}} cualquier persona que reúne las condiciones que el derecho escrito o consuetudinario exige para contraer matrimonio. Estas personas constituyen la {{TextTerm|población casadera|2|514|IndexEntry=población casadera|OtherIndexEntry=casadera. población|OtherIndexEntryTwo=poblaciones casaderas}}; las personas que no cumplen estas condiciones forman la {{TextTerm|población no casadera|3|514|IndexEntry=población no casadera|OtherIndexEntry=casadera. población no|OtherIndexEntryTwo=no casadera. población|OtherIndexEntryThree=poblaciones no casaderas|OtherIndexEntryFour=casaderas. poblaciones no}}. Sin embargo el {{TextTerm|mercado matrimonial|4|514|IndexEntry=mercado matrimonial|OtherIndexEntry=matrimonial. mercado}}, los {{TextTerm|círculos de relaciones|5|514|IndexEntry=círculos de relaciones|OtherIndexEntry=relaciones. círculo de|OtherIndexEntryTwo=círculo de relaciones}} donde se {{TextTerm|elije el cónyuge|6|514|IndexEntry=elije el cónyuge|OtherIndexEntry=cónyuge. elije el}} no incluyen a todos los casaderos, sólo a los {{TextTerm|candidatos a casarse|7|514|IndexEntry=candidatos a casarse|OtherIndexEntry=casarse. candidato a|OtherIndexEntryTwo=candidato a casarse}}, es decir aquellos individuos que por razones de salud u otras no están excluidos, al menos por un tiempo, del mercado matrimonial. En las sociedades {{NonRefTerm|monógamas}} ({{RefNumber|50|2|3}}) suele distinguirse entre el {{TextTerm|primer matrimonio|8|514|IndexEntry=primer matrimonio|OtherIndexEntry=matrimonio. primer}} en el que ambos contrayentes son {{NonRefTerm|solteros}} ({{RefNumber|51|5|2}}) y los {{TextTerm|matrimonios sucesivos|9|514|IndexEntry=matrimonios sucesivos|OtherIndexEntry=sucesivo. matrimonio|OtherIndexEntryTwo=matrimonio sucesivo}} o {{TextTerm|segundas, terceras, ... nupcias|9|514|2|IndexEntry=segundas, terceras, ... nupcias|OtherIndexEntry=nupcias. segundas, terceras, ...|OtherIndexEntryTwo=terceras. segundas... nupcias}} de personas {{NonRefTerm|viudas}} ({{RefNumber|51|0|6}}) o {{NonRefTerm|divorciadas}} ({{RefNumber|51|1|4}}). Para clasificar los matrimonios por el número de orden debe indicarse expresamente para cada uno de los miembros del matrimonio, o para ambas partes, el {{TextTerm|orden de matrimonio|10|514|IndexEntry=orden de matrimonio|OtherIndexEntry=matrimonio. orden de|OtherIndexEntryTwo=orden de matrimonios}}. Contrariamente, resultan ambiguas las expresiones anteriores ({{RefNumber|51|4|8}} y {{RefNumber|51|4|9}}).
{{Note|1| {{NoteTerm|Casadero}}, adj. u.t.c.s.m. }}
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{{Note|1| {{NoteTerm|Casadero|IndexEntry=casadero}}, adj. u.t.c.s.m. }}
{{Note|2| {{NoteTerm|No casadero}}, adj. u.t.c.s.m. }}
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{{Note|2| {{NoteTerm|No casadero|IndexEntry=no casadero}}, adj. u.t.c.s.m. }}
 
{{Note|8| Si se trata de un matrimonio en que ambos contrayentes son solteros, conviene sustituir la expresión {{NoteTerm|primer matrimonio}} por la de {{NoteTerm|matrimonio entre solteros}}. }}
 
{{Note|8| Si se trata de un matrimonio en que ambos contrayentes son solteros, conviene sustituir la expresión {{NoteTerm|primer matrimonio}} por la de {{NoteTerm|matrimonio entre solteros}}. }}
  
 
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En la clasificación de la población según la {{TextTerm|situación matrimonial|1|515|OtherIndexEntry=matrimonial. situación}} o {{TextTerm|estado matrimonial|1|515|2|OtherIndexEntry=matrimonial. estado}} o {{TextTerm|situación conyugal|1|515|3|OtherIndexEntry=conyugal. situación}} de los individuos, en la categoría de {{TextTerm|solteros|2|515|IndexEntry=soltero|OtherIndexEntry=soltero}} se incluye solamente a las personas que nunca han contraído matrimonio. Se suele establecer una distinción entre los {{TextTerm|solteros de sexo masculino|3|515|IndexEntry=soltero de sexo masculino|OtherIndexEntry=masculino. soltero de sexo}} y las {{TextTerm|solteras|4|515|IndexEntry=soltera|OtherIndexEntry=soltera}}. La categoría de {{TextTerm|casados|5|515|IndexEntry=casado|OtherIndexEntry=casado}} o {{TextTerm|personas casadas|5|515|2|IndexEntry=persona casada|OtherIndexEntry=casada. persona}} se constituye de ordinario con todas aquellas personas que se han casado y cuyo matrimonio no ha sido {{NonRefTerm|disuelto}} ({{RefNumber|51|0|3}}*) por {{NonRefTerm|muerte}} ({{RefNumber|51|0|7}}) o por {{NonRefTerm|divorcio}} ({{RefNumber|51|1|1}}) . Las personas casadas se distribuyen en {{TextTerm|hombres casados|6|515|IndexEntry=hombre casado|OtherIndexEntry=casado. hombre}} y {{TextTerm|mujeres casadas|7|515|IndexEntry=mujer casada|OtherIndexEntry=casada. mujer}}. Es frecuente agrupar en la categoría de {{TextTerm|no solteros|8|515|IndexEntry=no soltero|OtherIndexEntry=soltero. no}} a las personas casadas, viudas, divorciadas o separadas.
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En la clasificación de la población según la {{TextTerm|situación matrimonial|1|515|IndexEntry=situación matrimonial|OtherIndexEntry=matrimonial. situación}} o {{TextTerm|estado matrimonial|1|515|2|IndexEntry=estado matrimonial|OtherIndexEntry=matrimonial. estado}} o {{TextTerm|situación conyugal|1|515|3|IndexEntry=situación conyugal|OtherIndexEntry=conyugal. situación}} de los individuos, en la categoría de {{TextTerm|solteros|2|515|IndexEntry=solteros|OtherIndexEntry=soltero}} se incluye solamente a las personas que nunca han contraído matrimonio. Se suele establecer una distinción entre los {{TextTerm|solteros de sexo masculino|3|515|IndexEntry=solteros de sexo masculino|OtherIndexEntry=masculino. solteros de sexo|OtherIndexEntryTwo=soltero de sexo masculino}} y las {{TextTerm|solteras|4|515|IndexEntry=solteras|OtherIndexEntry=soltera}}. La categoría de {{TextTerm|casados|5|515|IndexEntry=casados|OtherIndexEntry=casado}} o {{TextTerm|personas casadas|5|515|2|IndexEntry=personas casadas|OtherIndexEntry=casada. persona|OtherIndexEntryTwo=persona casada|OtherIndexEntryThree=casadas. personas}} se constituye de ordinario con todas aquellas personas que se han casado y cuyo matrimonio no ha sido {{NonRefTerm|disuelto}} ({{RefNumber|51|0|3}}*) por {{NonRefTerm|muerte}} ({{RefNumber|51|0|7}}) o por {{NonRefTerm|divorcio}} ({{RefNumber|51|1|1}}) . Las personas casadas se distribuyen en {{TextTerm|hombres casados|6|515|IndexEntry=hombres casados|OtherIndexEntry=casado. hombre|OtherIndexEntryTwo=hombre casado|OtherIndexEntryThree=casados. hombres}} y {{TextTerm|mujeres casadas|7|515|IndexEntry=mujeres casadas|OtherIndexEntry=casada. mujer|OtherIndexEntryTwo=mujer casada|OtherIndexEntryThree=casadas. mujeres}}. Es frecuente agrupar en la categoría de {{TextTerm|no solteros|8|515|IndexEntry=no solteros|OtherIndexEntry=soltero. no|OtherIndexEntryTwo=no soltero|OtherIndexEntryThree=solteros. no}} a las personas casadas, viudas, divorciadas o separadas.
{{Note|2| {{NoteTerm|Soltero}}, adj., u.t.c.s.m. — {{NoteTerm|soltería}}, f.: que no está aún casado. <br /> }}
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{{Note|2| {{NoteTerm|Soltero|IndexEntry=soltero}}, adj., u.t.c.s.m. — {{NoteTerm|soltería}}, f.: que no está aún casado. <br /> }}
 
{{Note|5| Los individuos que no pertenecen a esta categoría a veces se agrupan con la denominación de {{NoteTerm|no casados}} o {{NoteTerm|personas no}} casadas. Desde el punto de vista demográfico, los convivientes, unidos o en unión consensual estable deberían constituir una categoría aparte o eventualmente asimilarse a los casados. }}
 
{{Note|5| Los individuos que no pertenecen a esta categoría a veces se agrupan con la denominación de {{NoteTerm|no casados}} o {{NoteTerm|personas no}} casadas. Desde el punto de vista demográfico, los convivientes, unidos o en unión consensual estable deberían constituir una categoría aparte o eventualmente asimilarse a los casados. }}
  

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back to Introducción | Prefacio | Índice
Capítulo | Generalidades índice 1 | Elaboración de las estadísticas demográficas índice 2 | Distribution and classification of the population índice 3 | Mortalidad y morbilidad índice 4 | Nupcialidad índice 5 | Fecundidad índice 6 | Crecimiento y reemplazo de la poblacion índice 7 | Movilidad espacial índice 8 | Aspectos económicos y sociales de la dinámica demográfica índice 9
Sección | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 20 | 21 | 22 | 23 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 40 | 41 | 42 | 43 | 50 | 51 | 52 | 60 | 61 | 62 | 63 | 70 | 71 | 72 | 73 | 80 | 81 | 90 | 91 | 92 | 93


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Al término de una vida conyugal1 más o menos larga sucede el fin de la unión2, que implica una disolución del matrimonio3, es decir la ruptura de todos los vínculos jurídicos resultantes de la calidad de esposos (501-5), incluyendo la eliminación de los obstáculos legales para contraer un nuevo matrimonio. La disolución puede deberse al fallecimiento de uno de loscónyuges (501-5) . El cónyuge sobreviviente se llama entonces viudo4 si es varón y viuda5 si es mujer. Los viudos6 o personas viudas6, viven en estado de viudez7.

  • 3. Matrimonio disuelto : unión legitima (501-2) disuelta por viudez o por divorcio (511-1) .
  • 5. En algunas sociedades se prohibe a las viudas contraer nuevo matrimonio; en otras, la viuda no puede volver a casarse hasta que haya transcurrido un determinado tiempo después de la muerte del esposo, con el fin de evitar cualquier ambigüedad sobre la atribución de la paternidad (114-6) de los hijos postumos

511

Cuando el divorcio1 es una institución reconocida constituye un medio legal de disolución del matrimonio (510-3) . El divorcio se obtiene con frecuencia mediante el correspondiente juicio de divorcio2. Pero en algunos países o comunidades el divorcio puede resultar del repudio3 de uno de loscónyuges (501-5) por el otro. Los divorciados4 o personas divorciadas4, es decir, los antiguos esposos cuyo matrimonio ha sido disuelto por divorcio, se denominan divorciado5 si es varón y divorciada6 si es mujer.

512

Las legislaciones que establecen el principio de indisolubilidad del matrimonio1 no admiten el divorcio (511-1) : sólo la muerte de uno de los cónyuges (501-5) puede originar la disolución del matrimonio (510-3) . Independientemente de la legislación, la desavenencia o desacuerdo entre esposos provoca la separación2; ésta puede ser separación de hecho3, frecuente en ciertas sociedades, la que puede realizarse con el consentimiento de los esposos o resultar del abandono4 de uno de los cónyuges por el otro; o separación legal5, separación judicial5 o separación de cuerpos y de bienes5, que permite la relajación de los vínculos jurídicos entre los esposos (501-5), dispensándolos principalmente de la obligación de cohabitar, es decir, de la obligación de convivir bajo el mismo techo. Hablando en términos jurídicos, se dice que están separados6 los esposos cuyos vínculos han sido relajados en la forma que se acaba de indicar. En demografía es necesario una mayor precisión y decir que están legalmente separados6 para distinguir esta situación de aquella otra en que sólo existe entre los esposos una simple separación de hecho. Los esposos que viven separados, ya sea por sentencia judicial o por simple acuerdo o por circunstancias de fuerza mayor, guerra por ejemplo, constituyen lo que algunos llaman parejas disociadas7 (501-8) .

  • 2. En numerosos países coexisten tanto el divorcio como la separación de cuerpos. En los dos casos el procedimiento incluye obligatoriamente una tentativa de conciliación o llamado a conciliación, cuyos resultados se recogen en un acta de conciliación. Las estadísticas de estas actas permiten conocer el número de nuevos procesos o juicios de divorcio. Bajo ciertas condiciones, la separación de cuerpos puede convertirse en divorcio. A diferencia de los divorcios, la separación de cuerpos por lo general no se transcribe al registro de matrimonios.
  • 7. La aceptación de esta terminología permite distinguir la disociación de un matrimonio, de su disolución (510-3) por muerte o por divorcio.

513

La anulación del matrimonio1 resulta de un juicio legal en el que se comprueba la nulidad del matrimonio1 o sea, la falta de vínculo conyugal válido2 (ver 501-2) ante la ley, a pesar de la celebración del matrimonio (501-4) . La expresión fin de la unión (510-2) permite incluir bajo una denominación común todos los casos en que un matrimonio termina, ya sea por defunción (401 -3), divorcio (511-1), separación legal (512-5), anulación o separación de hecho (512-3) si la fecha de ésta es conocida. Se habla también de ruptura de la unión3, ya sea con el mismo sentido que fin de la unión o en el caso en que se produce la interrupción del matrimonio por divorcio o separación, como parece más aconsejable.

514

Desde un punto de vista legal, es casadera1 cualquier persona que reúne las condiciones que el derecho escrito o consuetudinario exige para contraer matrimonio. Estas personas constituyen la población casadera2; las personas que no cumplen estas condiciones forman la población no casadera3. Sin embargo el mercado matrimonial4, los círculos de relaciones5 donde se elije el cónyuge6 no incluyen a todos los casaderos, sólo a los candidatos a casarse7, es decir aquellos individuos que por razones de salud u otras no están excluidos, al menos por un tiempo, del mercado matrimonial. En las sociedades monógamas (502-3) suele distinguirse entre el primer matrimonio8 en el que ambos contrayentes son solteros (515-2) y los matrimonios sucesivos9 o segundas, terceras, ... nupcias9 de personas viudas (510-6) o divorciadas (511-4). Para clasificar los matrimonios por el número de orden debe indicarse expresamente para cada uno de los miembros del matrimonio, o para ambas partes, el orden de matrimonio10. Contrariamente, resultan ambiguas las expresiones anteriores (514-8 y 514-9).

515

En la clasificación de la población según la situación matrimonial1 o estado matrimonial1 o situación conyugal1 de los individuos, en la categoría de solteros2 se incluye solamente a las personas que nunca han contraído matrimonio. Se suele establecer una distinción entre los solteros de sexo masculino3 y las solteras4. La categoría de casados5 o personas casadas5 se constituye de ordinario con todas aquellas personas que se han casado y cuyo matrimonio no ha sido disuelto (510-3*) por muerte (510-7) o por divorcio (511-1) . Las personas casadas se distribuyen en hombres casados6 y mujeres casadas7. Es frecuente agrupar en la categoría de no solteros8 a las personas casadas, viudas, divorciadas o separadas.

  • 2. Soltero, adj., u.t.c.s.m. — soltería, f.: que no está aún casado.
  • 5. Los individuos que no pertenecen a esta categoría a veces se agrupan con la denominación de no casados o personas no casadas. Desde el punto de vista demográfico, los convivientes, unidos o en unión consensual estable deberían constituir una categoría aparte o eventualmente asimilarse a los casados.

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Capítulo | Generalidades índice 1 | Elaboración de las estadísticas demográficas índice 2 | Distribution and classification of the population índice 3 | Mortalidad y morbilidad índice 4 | Nupcialidad índice 5 | Fecundidad índice 6 | Crecimiento y reemplazo de la poblacion índice 7 | Movilidad espacial índice 8 | Aspectos económicos y sociales de la dinámica demográfica índice 9
Sección | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 20 | 21 | 22 | 23 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 40 | 41 | 42 | 43 | 50 | 51 | 52 | 60 | 61 | 62 | 63 | 70 | 71 | 72 | 73 | 80 | 81 | 90 | 91 | 92 | 93